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lunes, 30 de octubre de 2017

Refugee Admissions Resume But Government Will Still Restrict Some Countries


Written by Tory Johnson in Humanitarian Protection, Refugee Status 
With its current refugee ban formally expiring, this week the Trump administration announced it will resume the U.S. Refugee Admissions program —with one major caveat: refugees from 11 countries are generally barred from the country for an additional 90-day period. 

Although the administration did not name the 11 countries subject to additional review, they appear to be Egypt, Iran, Iraq, Libya, Mali, North Korea, Somalia, South Sudan, Sudan, Syria, and Yemen, according to news outlets. With the exception of North Korea and South Sudan, these are all Muslim-majority countries. 

While the ban is in place, refugees from other countries will be prioritized instead, according to the Executive Order. Yet 44 percent of all refugees admitted to the United States last fiscal year were from these 11 countries, meaning this could severely limit the number of refugees admitted this year—which is already set at a record low of 45,000. 

In addition, new screening requirements and refugee restrictions are being implemented on the refugee program, as outlined in an October 23 memo sent to the White House by Secretary of State Rex Tillerson, acting Homeland Security Secretary Elaine Duke, and National Intelligence Director Dan Coats. The document suspends the admission of family members of refugees already admitted to the United States until “additional security measures” are implemented. 

All refugees applying for resettlement will now be subject to intense screening measures effective immediately—even though refugees are already heavily vetted prior to their admission to the U.S. resettlement program. The additional requirements include providing specific addresses going back 10 years (instead of the current five years) for all places where they have lived for more than 30 days and listing a phone number and email address for all relatives on their family tree, rather than the current process of only requiring this information for relatives in the United States. 

The burden of providing this information is significant for individuals and families who may have been on the move for several years, fleeing war and persecution. 

At a hearing about the refugee program in the House Judiciary Committee this week, U.S. Citizenship and Immigration Services (USCIS) Director Francis Cissna along with representatives from the Department of State, the Office of Refugee Resettlement (ORR), and the Government Accountability Office (GAO) testified to the numerous security checks and lengthy vetting process that the government has in place to screen refugees prior to admission. 

According to Director Cissna, the country admitted 53,716 refugees representing 76 nationalities in fiscal year 2017. With the world facing record levels of displacement, this number pales in comparison to the United States’ long-standing commitment to provide refuge and protection to vulnerable populations. 

The administration may have announced the resumption of the country’s refugee program, but in practice the additional requirements threaten to grind this crucial lifeline to a halt. 



Source: www.immigrationimpact.com

viernes, 27 de octubre de 2017

Eliminación Gradual de DACA ¿Qué Hacer?


El pasado 5 de septiembre de 2017, el Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés) inició la eliminación gradual ordenada del programa conocido como Acción Diferida para los Llegados en la Infancia (DACA, por sus siglas en inglés). Lea el memorándum de la secretaria de DHS en funciones, Elaine Duke, para más detalles (en inglés). 

Si actualmente usted tiene DACA podrá retener su DACA y su autorización de empleo (EAD, por sus siglas en inglés) hasta que venzan, le sean canceladas o revocadas de alaguna otra manera. 

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) adjudicará cada caso de manera individual: 

  • Peticiones iniciales de DACA presentadas apropiadamente y que estén en trámite, así como las solicitudes de EAD relacionadas a dichas peticiones, que hayan sido aceptadas al 5 de septiembre de 2017.
  • Peticiones de renovación presentadas apropiadamente y que esté en trámite, y solicitudes de EAD relacionadas a dichas peticiones, que hayan sido aceptadas al 5 de septiembre de 2017.
  • Peticiones de renovaciones de DACA presentadas apropiadamente y que están en trámite, y las solicitudes de EAD relacionadas a dichas peticiones a nombre de actuales receptores de DACA, cuyos DACA y EAD venzan entre el entre el 5 de septiembre de 2017 y el 5 de marzo de 2018, ambas fechas inclusive, que USCIS haya aceptado al 5 de octubre de 2017. USCIS considerará las peticiones de DACA recibidas de parte de residentes de las Islas Vírgenes y Puerto Rico caso por caso.


  • Tenga en cuenta
    • Si Usted tiene DACA actualmente: Usted retendrá tanto su período de acción diferida como su Documento de Autorización de Empleo (EAD) hasta que venzan, a menos que sean cancelados o revocados.
    • Si USCIS recibió su petición inicial o de renovación de DACA presentada apropiadamente y la solicitud asociada para un EAD en o antes del 5 de septiembre de 2017: El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) Continuaremos adjudicando su petición.
    • Si Su DACA vence entre el 5 de septiembre de 2017 y el 5 de marzo de 2018 y usted desea renovarla: El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) debe recibir su petición de renovación presentada apropiadamente en o antes del 5 de octubre de 2017.
    • Si Usted no pidió DACA inicial en o antes del 5 de septiembre de 2017: El proceso de DACA ya no está disponible para usted.
    • Si Su DACA venció en o antes del 4 de septiembre de 2017 y usted no presentó apropiadamente su petición de renovación en o antes del 5 de septiembre de 2017: El proceso de DACA ya no está disponible para usted.
    • Si Usted tiene DACA y su EAD válido se le ha perdido, ha sido robado o destruido: Usted puede presentar un Formulario I-765 para solicitar el reemplazo de su EAD en cualquier momento durante el periodo de validez del mismo.


    Preguntas Frecuentes:

    P1: ¿Por qué DHS está anulando gradualmente el programa DACA? 
    R1: Tomando en consideración las decisiones de cortes federales en litigación aún en proceso, así como la carta del 4 de septiembre de 2017 emitida por el Secretario de Justicia, la Secretaria en Funciones del Departamento de Seguridad Nacional anuló el memorando del 15 de junio de 2012, es claro que el programa debe ser cancelado. Por lo tanto, la Secretaria en Funciones del Departamento de Seguridad Nacional anuló el memorando del 15 de junio de 2012 que estableció el programa DACA. Por favor, vea la carta del Secretario de Justicia y el memorando de la Secretaria de DHS en funciones para más información acerca de cómo se llegó a esta decisión. 


    P2: ¿Qué sucederá con los beneficiarios actuales de DACA? 
    R2: Los beneficiarios actuales de DACA podrán retener tanto el período de acción diferida como sus documentos de autorización de empleo (EAD, por sus siglas en inglés) hasta su vencimiento, a menos que les sean cancelados o revocados. Los beneficios de DACA son válidos generalmente por dos años luego de la fecha de expedición. 


    P3: ¿Qué sucederá con las personas que tienen actualmente una solicitud inicial de DACA pendiente? 
    R3: Debido a los costos anticipados y la cargas administrativas asociadas con el rechazo de las peticiones iniciales pendientes, USCIS adjudicará –sobre una base individual caso por caso- todas las peticiones iniciales de DACA pendientes y las solicitudes de EAD asociadas a dichas peticiones que han sido aceptadas al 5 de septiembre de 2017. 


    P4: ¿Qué sucederá con las personas que actualmente tienen una petición de renovación de DACA pendiente? 
    Debido a los costos anticipados y las cargas administrativas asociadas con el rechazo de las peticiones de renovación, USCIS adjudicará –sobre una base individual caso por caso- todas las peticiones de renovación de DACA y las solicitudes de EAD asociadas de beneficiarios actuales que han sido aceptados al 5 de septiembre de 2017, y de beneficiarios cuyos beneficios caducarán entre el 5 de septiembre de 2017 y el 5 de marzo de 2018 que hayan sido aceptadas al 5 de octubre de 2017. USCIS rechazará todas las peticiones para renovar DACA y sus solicitudes de EAD asociadas luego del 5 de octubre de 2017. 


    P5: ¿Hay tiempo todavía para que los beneficiarios de DACA actuales presenten una petición para renovar su DACA? 
    R5: USCIS solo aceptará peticiones de renovación y las solicitudes de EAD asociadas a DACA para las personas y el período de tiempo descritos arriba. 


    P6: ¿Qué pasa cuando los beneficios de DACA de una persona vencen durante el curso de los próximos dos años? ¿Se considerarán a las personas que tienen su DACA caducada como que están presentes ilegalmente en EE.UU.? 
    R6: Las leyes actuales no conceden ningún estatus legal a las personas que son beneficiarios de DACA. Los beneficiarios actuales de DACA están en la actualidad presentes ilegalmente en EE.UU. con su remoción diferida. Cuando caduca su período de acción diferida o se le cancela, su remoción ya no será diferida y ya no será elegible a empleo legal. Solamente el Congreso tiene la autoridad para enmendar las leyes de inmigración existentes. 


    P7: Una vez que la DACA de una persona expira, ¿será su caso referido a ICE para propósitos de cumplimiento de ley? 
    R7: La información que se le provea a USCIS en las peticiones de DACA no será proactivamente provista a ICE y CBP para propósitos de procedimientos de control de inmigración, a menos que el peticionario cumpla con los criterios para la expedición de una Notificación de Comparecencia o un referido a ICE bajo los criterios establecidos en las guías de Notificación de Comparecencia (www.uscis.gov/NTA).

    Esta política, que puede ser modificada, reemplazada o rescindida en cualquier momento sin notificación previa, no tiene el propósito de, no hace, y no puede usarse para crear ningún beneficio sustantivo o procesal ejecutable por ley por ningún grupo en ningún asunto administrativo, civil o criminal. 


    P8: ¿Compartirá USCIS la información personal de las personas cuyas peticiones pendientes son denegadas proactivamente con ICE para propósitos de cumplimiento de ley? 
    R8: Generalmente, la información provista en las peticiones de DACA no será provista proactivamente a otras agencias de cumplimiento de ley (incluyendo ICE y CBP) para propósitos de cumplimiento de ley a menos que el peticionario sea un riesgo a la seguridad nacional y pública, o cumple con los criterios para la expedición de una Notificación de Comparecencia o un referido a ICE bajo los criterios. Esta política, que puede ser modificada, reemplazada o rescindida en cualquier momento sin notificación previa, no tiene el propósito de, no hace, y no puede usarse para crear ningún beneficio sustantivo o procesal ejecutable por ley por ningún grupo en ningún asunto administrativo, civil o criminal. 


    P9: ¿Puede la acción diferida relacionada a DACA ser cancelada antes de que venza? 
    R9: Sí. DACA es un ejercicio de acción diferida que es una forma de discreción procesal. Por lo tanto, DHS continuará ejerciendo su autoridad discrecional para cancelar o denegar la acción diferida en cualquier momento, cuando los oficiales determinen que la cancelación o denegación de la acción diferida es apropiada. 


    P10: ¿Pueden los beneficiarios de DACA cuyos EAD se les han perdido, robado o destruido pedir un nuevo EAD durante la anulación gradual? 
    R10: Si un EAD aún válido se pierde, es robado o destruido, los beneficiarios pueden pedir un EAD de reemplazo presentando un nuevo Formulario I-765. 


    P11: ¿Podrán los recipientes de DACA ser todavía elegibles a viajar fuera de los Estados Unidos mientras su DACA sea válido? 
    R11: Efectivo el 5 de septiembre de 2017 USCIS no aprobará ningún Formulario I-131 para permiso adelantado bajo los estándares asociados con el programa DACA. Aquellos que tienen una solicitud de permiso adelantado válido aprobado previamente, generalmente retienen el beneficio hasta que caduque. Sin embargo, CBP retendrá la autoridad que siempre ha ejercido el momento de determinar la admisibilidad de cualquier persona que se presente en un puerto de entrada. Además, USCIS retiene la autoridad de revocar o cancelar un documento de permiso adelantado en cualquier momento. 


    P12: ¿Qué sucede con las personas que tienen peticiones de permiso adelantado pendientes para viajar fuera de los Estados Unidos? 
    R12: USCIS cerrará administrativamente todas las peticiones pendientes del Formulario I-131 para permiso adelantado bajo los estándares asociados con el programa DACA, y reembolsará las tarifas asociadas. 


    P13: ¿Cuántas peticiones pendientes de DACA se afectarán con este cambio? ¿Tienen algún desglose por estado? 
    R13: Había 106,341 peticiones pendientes al 20 de agosto de 2017: 34,487 peticiones iniciales y 71,854 renovaciones. Al momento no tenemos desgloses específicos por estado. 


    P14: ¿Existe un período de gracia para que los receptores de DACA con EAD que expirarán pronto hagan planes apropiados para abandonar el país? 
    R14: Como se explicó anteriormente, una vez que expira la DACA o el EAD de una persona, salvo en los limitados casos de beneficiarios especificados arriba que son elegibles a renovar sus beneficios, ya no se considera que la persona está legalmente presente en EE.UU. y no está autorizada a trabajar. Las personas cuyos permisos relacionados a DACA expirarán entre el 5 de setiembre de 2017 y el 5 de marzo de 2018 son elegibles para renovar sus permisos. Ninguna persona debe perder beneficios bajo este memorando antes del 5 de marzo de 2018 si ha presentado apropiadamente una petición de renovación con una solicitud asociada de autorización de empleo. 


    P15: ¿Pueden proveer un desglose de cuántos EAD de DACA caducarán en 2017, 2018 y 2019? 
    R15: De agosto a diciembre de 2017, caducarán los EAD relacionados a DACA de 201,678 personas. De esas personas, 55,258 ya han presentado peticiones de renovación de DACA ante USCIS. En el año calendario 2018, caducarán los EAD relacionados a DACA de 275,344 personas. De esas 275,344 personas, 7,271 han presentado peticiones de renovación ante to USCIS. De enero a agosto de 2019, caducarán EAD relacionado a DACA de 321,920 personas. De esas 321,920 personas, 8 han presentado peticiones de renovación de DACA ante USCIS. 


    P16: ¿Cuáles eran las guías anteriores para que USCIS concediera DACA? 
    R16: Personas que cumplían con los siguientes criterios podían solicitar DACA si:
    • Tenían menos de 31 años al 15 de junio de 2012.
    • Vinieron a Estados Unidos antes de alcanzar su cumpleaños número 16
    • Habían residido continuamente en los Estados Unidos desde el 15 de junio de 2007 al presente
    • Estaban físicamente presentes en los Estados Unidos el 15 de junio de 2012, y al momento de hacer su petición de consideración de acción diferida con USCIS
    • No tenían estatus legal el 15 de junio de 2012
    • Estaban inscritos en una escuela, se habían graduado u obtenido un certificado de finalización de escuela superior, obtenido un certificado de Desarrollo de Educación General (GED), o eran veteranos separados honorablemente de la Guardia Costanera o las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos
    • No había sido convictos de un delito, un delito menor significativo, tres o más delitos menores y de ninguna otra manera representan una amenaza a la seguridad nacional o pública.
Fuente: El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) 
http://inmigracionyvisas.com/a3709-eliminacion-gradual-DACA-en-Estados-Unidos.html

miércoles, 25 de octubre de 2017

Estados Unidos Refuerza Proceso de Investigación A Refugiados

Las nuevas medidas anunciadas por la Casa Blanca elevarán el nivel de seguridad nacional y cubrirán las posibles brechas de seguridad.

El presidente Donald J. Trump anunció la implementación de mejores en procedimientos de seguridad para los refugiados que ingresan a los Estados Unidos. Estas nuevas medidas son parte del esfuerzo de la administración para elevar los estándares de seguridad nacional para todas las personas que viajan a los Estados Unidos, y están diseñadas para intensificar y garantizar la seguridad a fin de evitar que actores malvados y fraudulentos exploten el proceso de refugiados para ingresar a los Estados Unidos. Las medidas se producen al final de una "pausa" de 120 días en el reasentamiento de refugiados, mientras que el gobierno de los Estados Unidos realizó una revisión exhaustiva del programa existente.

"La seguridad del pueblo estadounidense es la prioridad más alta de esta administración, y estas medidas de investigación mejoradas son esenciales para la seguridad estadounidense", dijo la Secretaria Interina de Seguridad Nacional, Elaine Duke. "Estas nuevas medidas de evaluación estandarizadas brindan una oportunidad para que Estados Unidos dé la bienvenida a nuestro país a quienes lo necesitan, a la vez que garantiza una patria más segura ".

De conformidad con la sección 6 (a) de la Orden Ejecutiva 13780, el gobierno de los Estados Unidos, incluidos los Departamentos de Estado (Estado) y de Seguridad Nacional (DHS), en consulta con la Oficina del Director de Inteligencia Nacional (ODNI), realizó revisión del proceso de solicitud y adjudicación del Programa de Admisión de Refugiados de los Estados Unidos. El objetivo de esta revisión fue determinar qué procedimientos adicionales deberían usarse para garantizar que las personas que buscan ser admitidas como refugiados no representen una amenaza para la seguridad y el bienestar de los Estados Unidos.

Como resultado de esta revisión, el gobierno de los Estados Unidos está implementando mejoras al programa para elevar el estándar para los procedimientos de investigación y selección, que incluyen pero no se limitan a: 
  • Mayor recopilación de datos para investigar más exhaustivamente a los solicitantes.
  • Mejor intercambio de información entre las agencias.
  • Nuevos procedimientos de capacitación para fortalecer la capacidad para detectar fraudes y engaños.

Estas medidas son una capa adicional de seguridad para los estadounidenses y se basan en parte en la inteligencia evaluada y en lagunas identificadas en las operaciones de selección e investigación. Luego de la implementación de estas medidas mejoradas, la administración reiniciará el proceso de reasentamiento de refugiados.

Si bien el DHS, el Estado y el ODNI han determinado conjuntamente que las nuevas medidas son adecuadas para reanudar las admisiones de refugiados, también han concluido que es necesario realizar una revisión adicional exhaustiva con respecto a los refugiados de 11 países previamente identificados como de mayor riesgo para los Estados Unidos.

Las admisiones para los solicitantes de esos 11 países de alto riesgo avanzarán caso por caso durante un período adicional de revisión de 90 días, en consonancia con nuestros intereses de seguridad nacional. A medida que DHS, State y DNI completan las revisiones individuales de los países, pueden reanudar un proceso de admisión estándar para los solicitantes de esos países.

El gobierno de los Estados Unidos continuará trabajando en estrecha colaboración con la policía y la comunidad de inteligencia, y estas mejoras se evaluarán de forma continua para determinar si se necesitan medidas adicionales para salvaguardar nuestra patria.

Puede ver el comunicado del Presidente del Departamento de Seguridad Nacional, Departamento de Estado y al Director de Inteligencia Nacional sobre la reanudación del Programa de Admisión de Refugiados de los Estados Unidos con Capacidades de Vetting Mejoradas, emitido el 24 de octubre de 2017 Aquí.

viernes, 20 de octubre de 2017


Un juez federal de Maryland bloqueó partes de la prohibición de viaje más reciente emitida por el presidente de Estados Unidos, Donald Trump. Esto representa un segundo golpe para los intentos de Trump por impedir que ciudadanos de ocho países ingresen a su país. En el fallo del miércoles, el juez de distrito de Maryland Theodore Chuang declaró que las propias palabras del presidente Trump lo convencieron de que la última prohibición es una “reanimación inextricable de la prohibición musulmana que ya ha sido anulada dos veces”. Esta decisión se produce al día siguiente de que un juez federal en Hawái bloqueara la mayor parte de la última versión de la prohibición de viajar, horas antes de que esta entrara en vigor.

Las dos resoluciones interrumpen temporalmente las partes de la prohibición que hubieran impedido el ingreso de todos los ciudadanos de Irán, Libia, Siria, Yemen, Somalia y Chad a Estados Unidos. Tanto las órdenes de Maryland como las de Hawái permiten que entre en vigencia la parte de la prohibición que impide el ingreso de algunos funcionarios de los gobiernos norcoreano y venezolano.

Esta es la tercera prohibición de viaje propuesta por Trump, y la primera en incluir a Chad, una pequeña nación africana que ha sido aliada de Estados Unidos. Ahora han surgido más detalles que muestran que, aparentemente, Chad se incluyó en parte por haberse quedado sin papel especial para pasaportes y, por lo tanto, no presentó una muestra reciente de sus pasaportes al Departamento de Seguridad Nacional de Estados Unidos. 

La noticia fue reportada por el canal de YouTube de la AGENCIA EFE la cual reporto la noticia: 




Fuente: www.democracynow.org - YouTube AGENCIA EFE 

http://www.inmigracionyvisas.com/a3706-jueces-bloquean-veto-migratorio-de%20donald-trump.html

miércoles, 18 de octubre de 2017

Visas De No Inmigrantes K3 y K4 Para Estados Unidos


La ley inmigratoria permite al cónyuge de un ciudadano estadounidense y a sus hijos menores ser admitidos en los Estados Unidos como no inmigrantes mientras esperan que se complete el trámite de la residencia permanente. También les permite obtener autorización de empleo mientras esperan.


Elegibilidad

A fin de reunir las condiciones para una visa de no inmigrante K-3, el individuo debe: 


Un hijo puede reunir las condiciones para una visa K-4 si: 
  • Él o ella es soltero, menor de 21 años e hijo o hija de un solicitante de visa de no inmigrante K-3 que reúne las condiciones.


Proceso de solicitud

A fin de obtener una visa de no inmigrante K-3 o K-4, usted (el solicitante ciudadano estadounidense) debe presentar dos peticiones ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos, (USCIS, por su sigla en inglés) y solicitar una visa al Departamento de Estado de los Estados Unidos. 
  • Formulario I-130: Preséntelo en nombre de su cónyuge no ciudadano ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS, por su sigla en inglés) que tenga jurisdicción en su lugar de residencia. Después recibirá un Formulario I-797, Aviso de acción, que indicará que el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS, por su sigla en inglés) ha recibido el Formulario I-130.
  • Formulario I-129F, Petición para prometido(a) extranjero: Presente este formulario después de presentar el Formulario I-130 e incluya una copia del I-797 en nombre del cónyuge no ciudadano y de todos los hijos. Envíelo al Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS, por su sigla en inglés) donde se encuentra en trámite la petición Formulario I-130 subyacente. No se requiere una tasa cuando se presenta un Formulario I-129F para un cónyuge no ciudadano (K-3). Si su cónyuge no ciudadano tiene hijos menores que buscan obtener visas de no inmigrante K-4, se los debe incluir en el I-129F que se presenta en nombre de su cónyuge a fin de facilitar el proceso de solicitud.

De ser aprobado, el USCIS enviará el I-129F al Departamento de Estado de los Estados Unidos para la tramitación consular. 

El cónyuge no ciudadano y todo hijo menor deberá entonces solicitar la visa de no inmigrante K-3 o K-4 ante el Departamento de Estado de los Estados Unidos. 


Beneficios y limitaciones de la visa de no inmigrante K-3 y K-4 

Los beneficios de la visa K-3 y K-4 incluyen: 
  • La solicitud de admisión en los Estados Unidos con una visa de no inmigrante K-3 puede reducir el período de espera para que los cónyuges no ciudadanos ingresen a los Estados Unidos.
  • Una vez admitido en los Estados Unidos, los no inmigrantes K-3 pueden solicitar el ajuste de estatus a residente permanente en cualquier momento. Al ingresar a los Estados Unidos, los no inmigrantes K-4 pueden presentar una solicitud de ajuste de estatus de manera conjunta o en cualquier momento después que el solicitante ciudadano estadounidense haya presentado el Formulario I-130.
  • Al ingresar, los titulares de una visa de no inmigrante K-3 y K-4 pueden obtener autorización de empleo. Ellos pueden obtener evidencia de elegibilidad para trabajar de manera legal en los Estados Unidos mediante la presentación del Formulario I-765, Solicitud de autorización de empleo. Al momento de la presentación de una solicitud de ajuste de estatus, los titulares de una visa de no inmigrante K-3 y K-4 pueden también solicitar autorización de empleo basándose en dicha solicitud en trámite aún si vence el estatus de no inmigrante K-3 o K-4.

Las limitaciones de la visa de no inmigrante K-3 y K-4 incluyen: 
  • El Departamento de Seguridad Nacional sólo admite a los titulares de visas de no inmigrante K-3 y K-4 por un período de 2 años. Los titulares de visas de no inmigrante K-3 o K-4 pueden solicitar ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS, por su sigla en inglés) una extensión de estatus en incrementos de dos años siempre que aún se encuentre pendiente de adjudicación la petición de visa I-130 sobre la base del matrimonio o una solicitud de ajuste de estatus o una solicitud de visa correspondiente


Vencimiento automático de la visa de no inmigrante K-3 

La estadía autorizada de un titular de visa K-3 vence automáticamente 30 días después de cualquiera de los siguientes hechos: 
  • El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS, por su sigla en inglés) deniega la petición de visa con el Formulario I-130
  • El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS, por su sigla en inglés) deniega un Formulario I-485 presentado por el titular de una visa de no inmigrante K-3
  • El titular de una visa de no inmigrante K-3 decide solicitar una visa de inmigrante ante el consulado estadounidense correspondiente en el extranjero, y el consulado deniega dicha solicitud.
  • Terminación del matrimonio a través de divorcio o anulación


Si su hijo cumple 21 años antes de obtener el estatus de inmigrante 

Los titulares de visas de no inmigrante K-4 serán admitidos en los Estados Unidos por 2 años o hasta el día previo a cumplir los 21 años, según lo que sea más corto. El estatus del titular de una visa de no inmigrante K-4 vencerá cuando él o ella cumpla 21 años. Si el titular de una visa de no inmigrante K-4 tiene una solicitud de ajuste de estatus en trámite, él o ella puede seguir siendo elegible para el ajuste de estatus conforme a la Ley de protección de estatus infantil. 


Si su hijo contrae matrimonio antes de que se le otorgue una visa de inmigrante 

El estatus del titular de una visa de no inmigrante K-4 vencerá automáticamente 30 días después que él o ella contraiga matrimonio. 

Obtención de una visa K-4 para un hijo de su cónyuge 

A fin de que un hijo obtenga una visa de no inmigrante K-4, no existe el requisito de presentar una petición de inmigrante (Formulario I-130) por separado en nombre del niño. Sin embargo, para que un hijo ajuste su estatus se debe presentar un Formulario I-130 por separado en su nombre. Para mayor información, vea el enlace “Ajuste de estatus para personas con visas K ".


Permiso anticipado para familiares de K-3 o K-4

Los solicitantes actualmente en los Estados Unidos en una categoría de no inmigrante K-3 o K-4 pueden viajar fuera del país y regresar usando su visa de no inmigrante K-3 o K-4. El único momento en que se necesita un permiso anticipado es si el estatus de no inmigrante K-3 o K-4 ha vencido y el candidato tiene una solicitud de ajuste de estatus que permanece en trámite. 


Cambio a otra categoría de visa de no inmigrante

Los titulares de visas de no inmigrantes K-3 o K-4 no pueden cambiar de estatus en los Estados Unidos a otra categoría de visa de no inmigrante. 


Declaración jurada de patrocinio económico 

No se requiere el Formulario I-864, Declaración jurada de patrocinio económico, cuando se solicita la visa de no inmigrante K-3 o K-4. Sin embargo, el no inmigrante K-3 o K-4 deberá ofrecer prueba que demuestre que él o ella no será una carga pública mientras esté en los Estados Unidos. 

Usted puede optar por completar el Formulario I-134, Declaración jurada de patrocinio a fin de ayudar a demostrar que su no inmigrante K-3 o K-4 no será una carga pública mientras permanezca en los Estados Unidos. Cuando el titular de una visa de no inmigrante K-3 o K-4 solicita un ajuste de estatus, él o ella ajustará el estatus como familiar directo y en ese momento deberá presentar el Formulario I-864. 


Vencimiento del estatus K-3 mientras se solicita el ajuste de estatus 

El titular de una visa de no inmigrante K-3 puede solicitar una extensión de estatus mediante la presentación del Formulario I-539, Solicitud de extensión de estadía ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS, por su sigla en inglés) no más de 120 días antes del vencimiento de la visa de no inmigrante K-3. Con la obtención de una extensión del estatus de no inmigrante K-3, su cónyuge podrá salir de los Estados Unidos y regresar sin permiso anticipado. Su cónyuge puede también decidir solicitar el permiso anticipado basándose en la solicitud de ajuste de estatus en trámite. Si su cónyuge desea solicitar permiso anticipado, él o ella deberá presentar el Formulario I-131, Solicitud de documento de viaje. 


Estatus legal de no inmigrante K-3 o K-4 

Los titulares de visas K-3 y K-4 solicitan el ajuste de estatus como familiares directos. Ellos están sujetos a las mismas limitaciones para la solicitud de ajuste de estatus que cualquier otro familiar directo que había sido admitido con una visa de no inmigrantes pero falló en mantener estatus legal. 


Estatus K-3 o K-4 después de la aprobación de una solicitud de ajuste de estatus 

Si se aprueba el ajuste de estatus, usted será residente permanente de los Estados Unidos. Si, al momento de la aprobación, su matrimonio tiene menos de 2 años de duración, la residencia permanente del K-3 o K-4 se otorga de manera condicional. Usted y su cónyuge deberán entonces presentar un Formulario I-751, Petición para la cancelación de las condiciones de residencia dentro del período de 90 días antes de la fecha de vencimiento en la Tarjeta Verde.



Fuente: Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS). 

http://inmigracionyvisas.com/a3706-visado-K3-y-K4.html